La figura comercial llamada “minimis”, fue suspendida por la Casa Blanca, a partir del 29 de agosto de 2025, los bienes fuera de la red postal internacional estarán sujetos a los gravámenes aplicables:
1. ¿Qué es el tratamiento de minimis y qué cambia?
El régimen de minimis en Estados Unidos permitía que mercancías de bajo valor entraran al país sin pagar aranceles ni impuestos, facilitando compras por internet, regalos personales o pequeños envíos de Courier. Su propósito era agilizar el comercio minorista, reducir cargas administrativas y permitir un mayor flujo de paquetes de bajo monto.
La orden ejecutiva 14324 firmada el 30 de julio de 2025 suspende ese beneficio para todos los países, sin distinciones. Desde el 29 de agosto, cada envío que antes gozaba de la exención paga derechos e impuestos y además cumple con procesos aduaneros más estrictos. La única excepción parcial corresponde a los envíos postales internacionales, que ya no están exentos, pero operan bajo un sistema especial de tarifas y reportes.
2. Motivaciones de la Medida
La Casa Blanca justificó esta suspensión apelando a consideraciones de seguridad nacional. Según el gobierno, el esquema estaba siendo aprovechado para introducir drogas sintéticas, incluidos derivados de fentanilo, evadir controles aduaneros y facilitar actividades ilícitas a través de las fronteras.
Al mismo tiempo, el crecimiento exponencial del comercio electrónico multiplicó el volumen de paquetes pequeños, lo que dificultaba la trazabilidad, la verificación del origen y el control del contenido. Ante este escenario, la administración argumentó que cerrar esta vía era indispensable para enfrentar la crisis de opioides, reforzar la seguridad fronteriza y mitigar los riesgos asociados a operaciones informales de bajo valor que escapaban al control de las autoridades.
3. Nuevas reglas del juego
Con la eliminación del beneficio de “de minimis”, todos los envíos hacia Estados Unidos cumplen con nuevas exigencias aduaneras. A partir de ahora es obligatorio declarar el valor real y el país de origen de cada mercancía, sin excepciones, y pagar los aranceles, impuestos y tarifas aplicables, incluso en montos pequeños que antes estaban exentos. Cada operación se tramita mediante el sistema formal de despacho aduanero, lo que implica mayor documentación, registros más estrictos y tiempos de procesamiento más largos. En la práctica, se abandona el régimen simplificado que permitió durante años el crecimiento del comercio electrónico transfronterizo.
4. Todo cambia para los envíos a través de la red postal internacional
Desde el 29 de agosto de 2025, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) aplica nuevas reglas para envíos postales internacionales. Transportistas y partes calificadas deben recaudar y remitir aranceles mediante dos metodologías: ad valorem, que cobra según la tasa arancelaria IEEPA del país de origen sobre el valor declarado, o específica por artículo, con tarifas fijas de US$ 80, 160 o 200 según el nivel arancelario del país. Esta última solo operará por seis meses; luego todo ingreso se ajusta al esquema ad valorem.
En todos los casos es obligatorio declarar el país de origen. Además, se exige notificar previamente a la CBP cada envío, mantener registro mediante el formulario 5106 en el sistema ACE, contar con una fianza activa (mínimo US$ 50.000 o 10% de los derechos estimados) y realizar los pagos a través de Pay.gov antes del séptimo día hábil del mes siguiente. La hoja de trabajo debe incluir número de paquetes, códigos de transportista, puerto de arribo, números de rastreo, valores y cálculos de derechos. CBP puede auditar la información y aplicar intereses o sanciones en caso de incumplimiento. En síntesis, el nuevo esquema convierte a operadores postales en recaudadores aduaneros y refuerza la trazabilidad de todos los envíos de bajo valor.
Por: Julián Serrano, Consultor Política y Defensa Comercial para AsuntosLegales: EE.UU. suspendió el tratamiento de minimis libre de impuestos