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Economía circular y tratamiento de residuos en Zona Franca

Las zonas francas colombianas se han convertido en grandes propulsoras de la economía circular y la sostenibilidad, estructurando e impulsando procesos de simbiosis industrial, eficiencia energética y aprovechamiento de residuos, reemplazando la lógica lineal de “producir–usar–desechar” por la de “producir–usar–reutilizar”. Incluso hoy avanzan para alinearse con el modelo de Parques Eco-Industriales desarrollado por ONUDI, el Banco Mundial y GIZ.

En este camino, los usuarios han debido estructurar sus procesos conciliando la regulación aduanera, especialmente en el manejo residuos. A continuación, se presentan algunas consideraciones al respecto.

¿Qué tratamiento se da en zona franca a los desperdicios que salen al resto del Territorio Aduanero Nacional?

Según el artículo 488 del Decreto 1165 de 2019, el tratamiento depende de si los desperdicios tienen valor comercial:

  • Si no tienen valor comercial, pueden salir de la zona franca sin pago de tributos, con autorización del formulario de movimiento de mercancías.
  • Si tienen valor comercial, deben someterse a importación ordinaria, con el pago de tributos aduaneros.

La norma aclara que esta valoración se hace “en concepto del usuario industrial”, es decir, el usuario determina si el residuo o desperdicio tiene o no valor comercial.

¿Cuál es el alcance que le da la DIAN a esta norma?

En el Oficio 3540 de 2023 la DIAN ratificó la diferenciación en el tratamiento según el valor comercial de los residuos; no obstante, no hizo referencia al concepto del usuario industrial.

Esto ha llevado a que algunos funcionarios de la entidad consideren que todos los residuos con posibilidad de aprovechamiento o reciclaje tienen valor comercial, lo que implica su importación ordinaria, independientemente del criterio del usuario industrial.

¿Qué consecuencias tiene esta interpretación?

Esta interpretación podría limitar los procesos reciclaje que adelantan las zonas francas dentro de sus estrategias eco-industriales, al punto que, en algunos casos, resultaría más sencillo destruir los residuos que vincularse con terceros para reciclarlos y reincorporarlos a las cadenas productivas, reduciendo los beneficios ambientales, económicos y sociales.

¿Se requiere un ajuste normativo para corregir este aspecto?

Más que un cambio normativo, es necesario que se aplique la norma conforme a su alcance, propósito y texto original, reconociendo el criterio de los usuarios sobre el valor de los residuos, tal como lo prevé el decreto. Esto siempre alineado con los criterios de control de las autoridades.

¿Qué acciones fortalecerían el liderazgo de las zonas francas en materia de sostenibilidad?

Las zonas franca están realizando grandes esfuerzos por incorporar la economía circular como parte de su estrategia de sostenibilidad, competitividad y negocio. Para consolidar este liderazgo, es clave que todos los actores que intervienen en el régimen franco continúen facilitando estas operaciones, promoviendo e impulsando el aprovechamiento de bienes y servicios que impactan positivamente el medio ambiente, el encadenamiento productivo y el desarrollo de la industria nacional.

 

Consultorio para Asuntos Legales de Nathalia Sáchica, abogada senior de Derecho Aduanero y Cambiario: Economía circular y tratamiento de residuos en Zona Franca | Asuntos Legales

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