El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publica el Decreto 1532 del 2024 “Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para las importaciones de lentes de otras materias para gafas (anteojos), sin montar, excepto los de vidrio sin trabajar ópticamente”.
Se estable un arancel del cero por ciento (0%) para las importaciones de lentes de otras materias para gafas (anteojos), sin montar, excepto los de vidrio sin trabajar ópticamente, clasificados por la subpartida arancelaria 9001.50.00.00.
Fuente: Ministerio de Comercio