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Colombia reduce aranceles a lentes para gafas sin montar con nuevo decreto

El Gobierno ha presentado un proyecto de decreto que modificará parcialmente el Arancel de Aduanas para las importaciones de lentes de otras materias para gafas (anteojos), sin montar, excluyendo aquellos de vidrio sin trabajar ópticamente.

El presidente de la República, en ejercicio de las facultades otorgadas por la Constitución y las leyes 7 de 1991 y 1609 de 2013, actúa en coordinación con el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior. Estas facultades permiten ajustes en la política arancelaria en función de las necesidades del comercio y la industria nacional.

El marco vigente en materia arancelaria fue establecido por el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021, el cual adoptó el Arancel de Aduanas a partir del 1° de enero de 2022. No obstante, el Decreto 272 de 2018 había establecido un arancel del 0% para la importación de materias primas y bienes de capital sin Registro de Producción Nacional, buscando facilitar el acceso a insumos esenciales para la industria.

Sin embargo, mediante el Decreto 2616 de 2022, se reintrodujo el gravamen arancelario para ciertos productos, incluidos los clasificados en la subpartida 9001.50.00.00, con el objetivo de ajustarse a las políticas comerciales y a las dinámicas del mercado. Posteriormente, el 13 de junio de 2024, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó la reducción del arancel para las importaciones de lentes de otras materias (excepto los de vidrio sin trabajar ópticamente) al 0%.

El Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS), en su sesión del 8 de agosto de 2024, aprobó un cupo fiscal para este diferimiento arancelario, que tendrá una vigencia de tres años, desde 2024 hasta 2026. Además, se realizarán dos evaluaciones de impacto durante este periodo: una al primer año y otra al final de este, con el fin de asegurar que la medida cumpla con los objetivos establecidos.

En cumplimiento de las normativas legales, se ha abierto un periodo de consulta pública para que la ciudadanía y los grupos de interés puedan enviar comentarios sobre el proyecto de decreto. El plazo para recibir sugerencias será del 3 al 17 de octubre de 2024, a través del correo electrónico comitetriplea@mincit.gov.co.

El nuevo decreto entrará en vigor 15 días después de su publicación en el Diario Oficial, modificando parcialmente las disposiciones establecidas en los decretos 1881 de 2021 y 2616 de 2022, con la intención de mantener un marco arancelario coherente y actualizado.

 

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