En un contexto internacional marcado por cambios en las dinámicas del comercio global, Colombia ha adoptado nuevas medidas arancelarias orientadas a proteger sectores estratégicos de su economía.
A través de los Decretos 0264 y 0265 del 16 de marzo de 2026, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adoptó incrementos arancelarios que buscan proteger los sectores de cerámica, acero y aluminio, de las importaciones originarias de países que no cuentan con Acuerdos comerciales vigentes.
Desde la Unidad de Política y Defensa Comercial de Araújo Ibarra Consultores Internacionales se ha adelantado un análisis técnico y económico orientado a documentar las presiones que se vienen registrando en distintas ramas de la producción nacional, derivadas del incremento de las importaciones, particularmente aquellas provenientes de países con los que Colombia no cuenta con acuerdos comerciales vigentes. En este contexto, se sustentó la necesidad de que el Gobierno Nacional adoptara nuevas medidas que permitieran mitigar dichos impactos y proteger la competitividad de la industria nacional.
Un ajuste arancelario con base técnica
El Decreto 0264 de 2026, “por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1881 de 2021 y se incrementa el arancel para importaciones del sector siderúrgico y metalmecánico”, establece un aumento arancelario de hasta el 35% para un conjunto de productos de acero y aluminio. Esta medida tendrá una vigencia de un (1) año.
De acuerdo con el análisis técnico del Gobierno Nacional, el sector siderúrgico y metalmecánico ha registrado un incremento significativo en las importaciones, particularmente provenientes de países sin acuerdos comerciales vigentes, cuya participación en algunos casos supera el 80% del total importado. Este comportamiento ha generado presiones sobre la producción nacional, lo que sustenta la adopción de la medida.
Por su parte, el Decreto 0265 de 2026, “por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1881 de 2021, incrementando el arancel aplicable a las subpartidas arancelarias 6907.21.00.00, 6907.22.00.00 y 6907.23.00.00”, establece un arancel del 25% para las importaciones de baldosas cerámicas, con una vigencia de dos (2) años.
Esta medida responde al comportamiento creciente de las importaciones registrado en los últimos años, con incrementos significativos en dichas subpartidas entre 2023 y 2025, lo cual ha generado presiones sobre la industria nacional y motivado la adopción de este ajuste arancelario.
En ambos casos, las medidas aplican exclusivamente a importaciones originarias de países con los que Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes, manteniendo así los beneficios arancelarios para sus socios estratégicos.
Sectores clave en la estructura productiva
Los sectores involucrados tienen un papel relevante dentro de la economía nacional. El sector siderúrgico y metalmecánico abastece industrias como la construcción, la infraestructura, la energía y el transporte, además de generar miles de empleos y encadenamientos productivos a nivel nacional.
Por su parte, la industria de baldosas cerámicas forma parte de una cadena de valor que inicia en la minería no metálica y se extiende hacia actividades como la construcción y la remodelación, con impacto en producción, empleo y exportaciones.
Política comercial en evolución
La adopción de estos decretos refleja una tendencia global hacia un uso más activo de los instrumentos de política comercial, en un contexto en el que los países buscan equilibrar la apertura económica con la protección de su capacidad productiva. En este escenario, el análisis técnico riguroso, la articulación público-privada y el seguimiento permanente de las dinámicas internacionales se consolidan como elementos clave para la toma de decisiones.
Desde Araújo Ibarra, desarrollamos estrategias que permiten a nuestros clientes optimizar el uso de los instrumentos de política comercial previstos en la normativa nacional, contribuyendo a la protección de la industria y al fortalecimiento de su competitividad.
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